La prórroga otorgada por el SAT a los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (Resico) llegó a su fin el 2 de octubre, lo que implica que ahora deben contar con una firma electrónica activa y un Buzón Tributario operativo.
El pasado 2 de octubre marcó la fecha de vencimiento de la prórroga extendida en varias ocasiones por el SAT para los contribuyentes que forman parte del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Ahora, estos contribuyentes deben asegurarse de tener una firma electrónica activa y un Buzón Tributario funcional.
Para emitir facturas electrónicas, los contribuyentes del Resico deben utilizar las aplicaciones "Factura fácil" y "Mi nómina" de "Mis cuentas". Este régimen está diseñado para aquellos contribuyentes con ingresos de hasta 3.5 millones de pesos, quienes pagan una tasa de Impuesto Sobre la Renta (ISR) que varía desde el 1% hasta el 2.5%.
Edilberto Castro, un especialista en impuestos, explicó que la obligación de que los contribuyentes del Resico obtengan su firma electrónica se estableció el año pasado y se concedieron varias prórrogas, pero la fecha límite finalizó el 2 de octubre. A partir de ahora, es esencial tener una firma electrónica para emitir facturas.
Sin embargo, ha habido desafíos debido a la disponibilidad limitada de citas para obtener firmas electrónicas en el SAT. Esto ha resultado en problemas para algunos contribuyentes que aún no han asegurado una cita.
El programa "Factura fácil" permitía a los contribuyentes acceder al sistema solo con una contraseña. Ahora, aunque aún pueden ingresar con su contraseña, necesitarán una firma electrónica para finalizar el proceso de facturación.
El SAT enfatiza que los contribuyentes también deben mantener actualizado su Buzón Tributario y sus medios de contacto.
En este sexenio, se ha incrementado la presión sobre los contribuyentes, y la recaudación fiscal se ha incrementado en 1.7 puntos del PIB mediante revisiones y auditorías. Esto ha llevado a que algunos consideren que la presión fiscal ha aumentado considerablemente en comparación con años anteriores.
El SAT ha especificado que pueden beneficiarse del régimen Resico los contribuyentes con actividades empresariales y profesionales, así como aquellos que están involucrados en actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras, e incluso quienes obtienen ingresos por salarios e intereses, siempre y cuando sus ingresos totales no excedan los 3.5 millones de pesos al año.
Elaboró: ACCEPTI CONTADORES S.C.
Gazcón, F. (2023, 3 octubre). Vence prórroga del SAT para contribuyentes del Resico; ahora deben tener su e.firma. El Financiero. https://www.elfinanciero.com.mx/economia/2023/10/02/vence-prorroga-del-sat-para-contribuyentes-del-resico-ahora-deben-tener-su-efirma/
Comments