Sabemos que aproximadamente la tasa de informalidad en México es de hasta 31.4 millones de empleos (según cifras del INEGI), los cuales no sostienen una relación patrón-trabajador, lo que implica la falta de la apelación hacia un derecho laboral, el derecho al seguro social.
Y es que la falta de regularización a subcontratados bajo el concepto de trabajadores afiliados a una plataforma (DIDI, Uber, Rappi) implica una alta tasa de trabajadores independientes que no gozan de los beneficios otorgados por el seguro social. Esto provocó que en 2021 el director general de Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) anunciara un programa piloto; donde, se le otorga una cuota a los trabajadores independientes en proporción al salario que ingresan.
Esta modalidad incluye dentro de sus beneficios:
Atención medica
Medicinas
Gastos hospitalarios
Pensiones para el retiro
Pago de incapacidad
Apoyo a los familiares
Guarderías
Beneficios durante padecimientos
Si bien esta modalidad aporta los beneficios necesarios para ser considerado un seguro social, no habla sobre la falta de retenciones que las plataformas digitales, o los restaurantes presenta al ser subordinados. La legislación futura tendrá que hablar sobre que beneficios tienen este tipo de estructuras y cuales son las bases jurídicas para aplicar este criterio.
La disposición del IMSS es buena, en medida de que se puede hacer un calculo de las tarifas a aportar desde su portal; sin embargo, un autoempleado tiene un control sobre sus finanzas mayor, a un subordinado de plataformas, este criterio debería ser evaluado para establecer su apego o no a la obligación de los derechos de los trabajadores.
Fuentes:
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/enoe_ie/enoe_ie2021_11.pdf
http://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-independientes
http://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-independientes/calculadora
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