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ACCEPTI CONTADORES SC.

"Sin Parte del Pastel: Trabajadores Excluidos del Reparto de Utilidades en México 2024"

El reparto de utilidades, ese reconocimiento al esfuerzo adicional de los trabajadores, es un derecho constitucional en México desde 1962. Aunque considerado un incentivo vital para la productividad, existen excepciones y condiciones que limitan su aplicación, dejando a algunos trabajadores fuera de esta prestación.

Billetes de quinientos pesos enrollados
Peso Mexicano

Condiciones y Excepciones:

El plazo para distribuir utilidades es de 60 días después de la declaración anual del ISR. Las personas físicas con actividad empresarial deben cumplir antes del 29 de junio de 2023, mientras que las personas morales tienen hasta el 30 de mayo de 2023. El incumplimiento acarrea multas de 250 a 5000 Unidades de Medida y Actualización, según la LFT.

¿Quiénes No Recibirán Utilidades?

  1. Directores, administradores y gerentes generales: Sus compensaciones ya se contemplan dentro del salario fijo, excluyéndolos del reparto de utilidades.

  2. Profesionistas, artesanos, técnicos: Aquellos con ingresos basados en honorarios por trabajo profesional, artesanal o técnico no participan en el reparto.

  3. Trabajadores domésticos: A pesar de su labor asalariada, no forman parte del reparto de utilidades.

  4. Trabajadores con relación no subordinada: Aquellos pagados por honorarios sin una relación laboral subordinada no tienen derecho a las utilidades.

Excepciones para Patrones:

No todos los empleadores están obligados a otorgar utilidades. Las excepciones incluyen empresas de nueva creación durante el primer año, las dedicadas a productos nuevos durante los primeros dos años, las de la industria extractiva en periodo de exploración, instituciones sin fines de lucro, el IMSS y otras instituciones públicas descentralizadas con objetivos culturales o benéficos. Además, las empresas con un capital menor al establecido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social no tienen la obligación de repartir utilidades.

 

Elaboró: ACCEPTI CONTADORES S.C.

Estrada, J. (2024, 3 enero). ¡Que ni se apunten! Estos trabajadores no recibirán reparto de utilidades. Los Noticieristas. https://losnoticieristas.com/post/529664/que-ni-se-apunten-estos-trabajadores-no-recibiran-reparto-de-utilidades/

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