El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha extendido el plazo hasta el 31 de diciembre de 2023 para cumplir con el uso adecuado del complemento Carta Porte en la emisión de facturas. Esta medida tiene como objetivo evitar multas y sanciones por la incorrecta aplicación de este complemento, el cual se utiliza para las operaciones de traslado o servicios de transporte de bienes y mercancías dentro del territorio nacional.
¿Cuándo se hará exigible el complemento Carta Porte?
De acuerdo con un comunicado emitido por el SAT, la obligatoriedad de transmitir la Carta Porte al sistema electrónico aduanero entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2024. Esta prórroga brinda a los contribuyentes el tiempo necesario para cumplir con sus obligaciones fiscales de manera oportuna. Cabe destacar que el uso de este documento, emitido por el SAT, es obligatorio desde el año 2022 para personas físicas y morales.
¿Cuáles son las multas por emisión incorrecta del CFDI?
Anteriormente, el SAT había establecido como plazo límite el 31 de julio para emitir correctamente el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) con el complemento Carta Porte y evitar multas. La omisión en su emisión podía conllevar sanciones de hasta 90 mil pesos, mientras que los errores en el llenado de la factura electrónica podrían generar multas de 400 a 600 pesos.
El complemento Carta Porte es un documento fiscal que contiene información relevante sobre el medio de transporte utilizado para el traslado de bienes o mercancías por carretera, vía férrea, aérea, marítima o fluvial. Los transportistas deben emitir un CFDI con este complemento para respaldar los servicios de transporte prestados en territorio nacional.
¿Cómo emitir un CFDI de tipo "Ingreso" o "Traslado"?
Para emitir correctamente un CFDI con el complemento Carta Porte, es importante seguir estos pasos:
Si te dedicas a la prestación de servicios de traslado de bienes o mercancías, asegúrate de estar dado de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y contar con el permiso correspondiente otorgado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Solicita al cliente la información necesaria relacionada con el traslado de los bienes o mercancías.
Realiza la captura de los servicios de transportación en el CFDI, incluyendo el complemento Carta Porte.
Durante el traslado, asegúrate de contar con la representación impresa o archivo digital correspondiente que acredite la legal tenencia de los bienes o mercancías.
En caso de verificación aleatoria en un punto de control, coopera con la autoridad responsable.
Finaliza el servicio entregando los bienes o mercancías en el destino acordado.
Tanto para emisores de CFDI de tipo "Ingreso" como "Traslado", es fundamental cumplir con las disposiciones fiscales y contar con la asesoría adecuada para evitar sanciones por incumplimiento.
Elaboró: ACCEPTI CONTADORES S.C.
Luis Reyes. (2023, 17 de julio). Evita sanción: SAT da nueva prórroga para cumplir con complemento Carta Porte. UnoTV . https://www.unotv.com/negocios/sat-amplia-plazo-para-cumplir-complemento-carta-porte/
Comentários