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ACCEPTI CONTADORES SC.

Modalidades para acceder a los beneficios del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)

Como es popular entre las comunidades, es de vital importancia verificar nuestra afiliación a alguno de los programas que nos garanticen un tipo de seguro social, el cual nos pueda proveer de servicio médico, medicamentos y acceso a consulta de especialidades.

Haciendo una investigación dentro de la ley del seguro social actualizado a 2019, existen hasta 15 regímenes de afiliación, los cuales representan diferentes prestaciones de acuerdo con cada régimen al que pertenecen, y por esto mismo presentan diferentes cuotas.


Primero que nada, definiremos el termino asegurado o cotizante como: “Personas que están aseguradas al IMSS de manera directa, como titulares”, esta palabra NO considera a pensionados o jubilados, tampoco incluye a los beneficiarios.


De manera resumida estos regímenes se dividen en 5 grandes grupos:

Asegurados en el régimen obligatorio: Abarca a las modalidades 10, 13, 14 y 17 (art. 12 de la LSS (ley del seguro social); así como a la modalidad 30 (Artículo 13 de la LSS), estas modalidades incorporan los siguientes beneficios: i) riesgo de trabajo, ii) enfermedades y maternidad, iii) Invalidez y vida, iv) Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez (SRCV) y v) guarderías.



¿Cómo se integran las cuotas de este grupo de asegurados?

En la mayoría de los casos, son cuotas patronales que se hacen mes con mes, de modo que el IMSS verifica la vigencia de derechos y da acceso a todos los beneficios anteriormente expuestos, estas cuotas se obtienen al ser un empleado formal para una empresa, en el régimen 10 se consideran a los trabajadores permanentes y eventuales de la ciudad, en el 13 se consideran a los trabajadores permanentes y eventuales del campo, en el régimen 14 se consideran los trabajadores eventuales del campo cañero, en el régimen 17 obtenemos al personal contratado por reversión de cuotas por subrogación de servicios (en su mayoría personal médico y hospitalario y a convenio previo con el patrón) por ultimo engloban al régimen 30 productores de caña de azúcar.



El proceso es el siguiente: al obtener tu beneficio y darte de alta como trabajador en el IMSS (acuse de alta en el escritorio virtual del IMSS con tu número de seguro social (NSS). Tendrás la opción de darte de alta por internet, en una Unidad Médica Familiar (UMF), para generar exitosamente este trámite solo requieres tener tu CURP, código postal de tu domicilio y correo electrónico a la mano, si este trámite no resultara del modo en que lo requieres puedes hacerlo en ventanilla en el área administrativa de tu clínica IMSS más cerca, con la cual acudirás con los siguientes papeles en horario de 8:00 a 14:00 y de 15:00 a 19:30 horas. (Acude temprano, muy seguramente habrá fila de gente que llego desde 6:30):

  • Identificación oficial

  • NSS

  • CURP

  • Fotografía Infantil

  • Comprobante de domicilio oficial

  • Acta de nacimiento del asegurado.

Posteriormente seleccionarás un turno de atención y se te asignará un consultorio de médico, el cual tendrá a tu doctor familiar, y te apoyarán a llenar tu información en la cartilla, posteriormente pasarás a medicina preventiva, y te darán nueva cita para poder completar tu historial clínico (De cualquier manera, tendrás que acudir tarde o temprano a generar tus datos en archivo).

De manera prototípica así funcionan las altas en el IMSS, por lo cual, es un punto para considerar que es aplicable en todos los regímenes (que incluye atención médica).


Asegurados en el régimen voluntario: Esta categoría incluye a las siguientes modalidades: 44, 34, 43 y 35 (art. 13 fracciones I, II, III, IV de la LSS); 36, 38 y 42 (art 13, fracción V de la LSS; 32 del seguro facultativo y para familiares de trabajadores IMSS y CFE; 33 del seguro de salud para la familia, (artículos 240 a 245 de la LSS), y 40 de continuación voluntaria en el régimen obligatorio (artículos 218 a 221 de la LSS). En este caso al hablar de régimen voluntario no se esta hablando expresamente del de auto aportaciones de capital en todas las modalidades, ya que la modalidad 40 (continuación voluntaria, por ejemplo) si trabaja con esta consigna. Por lo cual hay que dar aportaciones voluntarias, pero por ejemplo el seguro facultativo no simboliza un cobro o aportación extra en la nómina, es más bien por el deseo de continuar con el servicio u obtenerlo.


Para aclarar este punto, detallo a continuación las siguientes modalidades:

Asegurados en la modalidad 32: Se refiere al seguro facultativo, incluye a estudiantes y familiares del personal del IMSS y de la CFE, esta modalidad cubre las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidades (SEM), y es el gobierno federal quién absorbe en su totalidad este monto de cuotas, referido en la ley 250 A de la LSS, aquí entra el programa de Jóvenes construyendo el futuro cubiertas por la STPS.



Modalidad 33 (seguro de salud para la familia): Son las personas que adquieren las prestaciones en especia del seguro de enfermedades y maternidad (SEM) para sí mismas y para sus familiares pagando anualmente una cuota según su edad, incluye también a los mexicanos que laboran en el extranjero, por lo cual para este régimen se tienen que hacer aportaciones en especie, en 2022. La tabla de aportaciones es de:

Grupo de edad (en años)

Cuotas

Grupo de edad

Cuotas

0-19

$ 6,850.00

50-59

$ 11,000.00

20-29

$ 8,500.00

60-69

$ 15,300.00

30-39

$ 9,150.00

70-79

$ 15,900.00

40-49

$ 10,600.00

80 y más

$ 16,450.00

Hay que tener en consideración que esta aportación es anual y sólo permite el acceso a la terapia y atención médica, no genera ninguna protección de seguro contra el desempleo, o algo similar.


Modalidad 40 (continuación voluntaria en el régimen obligatorio): Se refiere a las personas aseguradas que han dejado de estar sujetas a un régimen de carácter obligatorio y reingresan por cuenta propia a este, con lo cual se les reconoce con el tiempo cubierto por sus cotizaciones anteriores. Esta modalidad implica aportar el costo de prestaciones en especia e involucra el seguro de invalidez y vida, retiro y cesantía en edad avanzada y vejez, estipulados en el art. 218 de la LSS.


Asegurados por modalidad y tipo de afiliación: Implica el aseguramiento registrado en el IMSS como colaborador interno, en el cual es posible distinguir entre puestos de trabajos establecidos y asegurados.


Modalidad 34 Trabajadores domésticos: Esta modalidad implica altos acuerdos con el patrón, ya que de este depende la determinación del salario y el brindarle los diferentes servicios. En este caso quién desea brindarle el aseguramiento deberá darse de alta como patrón, y deberá dar aviso con el aviso de inscripción a seguros especiales correspondiente a Afi 1-05A y Afi 1 -04. Bajo estos estándares se le brindará comida, y estancia al trabajador doméstico.


Modalidad 35 patrones personas físicas con trabajadores a su servicio: funciona idéntico que el seguro otorgado por patrones (obligados) la diferencia es que este trámite lo hace una persona física y no una persona moral.


Modalidad 36 al servicio de gobiernos estatales, municipales y organismos descentralizados: El mecanismo en caso de organismos descentralizados es idéntico al de obligados por patronato, sin embargo, este será con la característica de que todas sus aportaciones son por el gobierno.


Modalidad 38 Al servicio de la administración publica federal, entidades federativas y municipios: El mecanismo es similar al de la modalidad 36 y 42, relacionados con el articulo 13 fracción v de la LSS.


Modalidad 42 Trabajadores al servicio de las administraciones publica federal, entidades federativas y municipios: Mecanismo idéntico a la modalidad 38, pagada por el gobierno federal.


Modalidad 43 Incorporación voluntaria del campo al régimen obligatorio: En este apartado se dan aportaciones propias, y se otorgan cuotas en base a los ingresos establecidos durante un periodo.


Modalidad 44 Trabajadores independientes: Esta modalidad es de carácter voluntario, obviamente no cuenta con bastantes beneficios, y el salario de cotización es un salario mínimo.

Breve cuadro que relaciona las modalidades con los beneficios a los que se acceden. SRT: Seguro de riesgos de trabajo; SEM: Seguro de Enfermedades y Maternidad; SIV: Seguro de Invalidez y Vida; SRCV: Seguro de retiro, Cesantía y vejez, SGPS: Seguro de guarderías y prestaciones patronales.


Definitivamente, el contar con un seguro es una ventaja contra cualquier catástrofe, sin embargo, el que más beneficios proporciona es el seguro de un empleo estable y formal, (Del régimen obligatorio). Ya que puedes involucrar a tu familia como beneficiarios y aprovechar este estimulo, el mejor seguro dependerá de tu edad y tu situación personal, ya que, si tienes seguro popular, pero eres estudiante, quizá el seguro facultativo sería lo más apropiado.


Como comentario hay que recalcar que también estamos en condiciones diferentes, dependiendo de nuestra edad, y el inicio de nuestra fecha de cotización.

 

Elaboró: ACCEPTI CONTADORES S.C.

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