Cuando posees una propiedad, adquieres responsabilidades y lo mismo ocurre al venderla. Si estás a punto de transferir tu casa con el objetivo de obtener ganancias, es probable que te preguntes: ¿debo informar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) y por qué?
La respuesta a esta interrogante es afirmativa. Debes informar al SAT cuando realizas una enajenación de bienes, es decir, cuando las personas físicas obtienen ingresos derivados de la transmisión de una propiedad, ya sea mediante venta o permuta.
¿Por qué es importante informar al SAT al vender tu casa?
Si el SAT descubre que no notificaste esta transacción, es posible que recibas una carta del organismo fiscal exigiendo la notificación y evitando cargos adicionales en el futuro.
Si obtienes ingresos por la venta de tu vivienda, debes declararlos ante la máxima autoridad fiscal. Si aún no estás registrado en el Registro Federal de Contribuyentes, debes hacerlo y luego acudir a una notaría pública para legalizar la venta de tu casa.
Qué se considera una enajenación de bienes? De acuerdo con el artículo 14 del Código Fiscal de la Federación, se entiende por enajenación de bienes toda transmisión de propiedad en la que se produce una cesión de derechos.
El artículo 119 de la Ley del Impuesto sobre la Renta explica: "Se considerará ingreso el monto de la contraprestación obtenida, incluso en crédito, derivado de la enajenación de un bien. Cuando, debido a la naturaleza de la transmisión de bienes, no haya una contraprestación, se considerará el valor de avalúo realizado por una persona autorizada por las autoridades fiscales".
¿En qué casos no se considera un ingreso por enajenación? El artículo también establece que no se considerarán ingresos por enajenación aquellos derivados de la transferencia de bienes por causa de muerte, donación o fusión de sociedades, ni los derivados de la enajenación de bonos, valores y otros títulos de crédito.
¿Cuándo no se pagan impuestos por la venta de una casa? No se pagará Impuesto Sobre la Renta (ISR) si el monto de la contraprestación obtenida por la venta de la casa no excede las 700,000 unidades de inversión, equivalentes a 3.4 millones de pesos, y la transacción se formaliza ante un notario público, según lo establece el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Por tanto, es importante que, como contribuyente, informes al SAT sobre la transferencia de propiedad. Cada parte involucrada (comprador y vendedor) debe realizar el pago correspondiente, conocido como Impuesto Sobre la Renta (ISR) por enajenación.
Al vender una casa, también debes tener en cuenta otros gastos, como el pago de deudas pendientes relacionadas con tu inmueble, el impuesto predial, la tasación y los costos de trámite asociados a la escrituración en el Registro Público de la Propiedad.
Elaboró: ACCEPTI CONTADORES S.C.
Luis Reyes. (2023b, 3 de julio). ¿Debo avisar al SAT si vendo mi casa y por qué? UnoTV . https://www.unotv.com/negocios/debo-avisar-al-sat-si-vendo-mi-casa/
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