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ACCEPTI CONTADORES SC.

¿Eres extranjero y trabajas en México?, ¿cómo puedes solicitar una pensión?

Como se trató en el artículo anterior, si cumples con los requisitos necesarios, es tu deber y derecho solicitar tu pensión. Incluso en la página de la dependencia correspondiente puedes encontrar los pasos a seguir para el trámite, sin embargo, ¿qué pasa con las personas que vienen del extranjero a trabajar a México, y cumplen con los requisitos mínimos? ¿Se les otorga una pensión por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social? Aquí te contamos los detalles.



Si bien es cierto que los extranjeros que trabajan o trabajaron temporalmente en el país merecen el retiro de lo que acumularon al laborar aquí, no es del todo apegado a la teoría o incluso igualitario, comparado con una persona de origen nacional. Entonces, ¿qué pasa con el dinero que acumularon en su Afore?

Se menciona que, para poder retirar los recursos, la legislación mexicana exige actualmente, como requisito tener más de 50 años de edad y contar con una resolución de pensión por incapacidad, invalidez o cesantía y vejez; pero no todos los trabajadores migrantes que retornarán a su país se encuentran en esta situación, por ello “procede hacer un trato diferenciado para alcanzar la igualdad sustantiva”, señala la resolución emitida por los Tribunales Colegiados de Circuito.


Este trato diferenciado refiere que, a pesar de que las leyes no permiten que los extranjeros deban tener el mismo trato que los nacionales, se debe garantizar una igualdad sustantiva entre las personas trabajadoras, para que no implique una desventaja en condiciones que afecte a las personas ajenas al país. Por ello, tienen derecho a la devolución de los recursos acumulados en su cuenta individual depositada en la administradora de fondos para el retorno (Afore), así como de las aportaciones al fondo de la subcuenta de vivienda, cuando vuelvan en forma definitiva a su país de origen, sin que les sean exigibles los requisitos previstos en la ley.


La AFORE refleja la cantidad del saldo del INFONAVIT que se tiene en la cuenta individual, siendo los siguientes recursos acumulados en ella: INFONAVIT 1992, que es el acumulado antes de 1992; INFONAVIT 97, que es el acumulado después de 1997 a la fecha. Siendo mexicano o extranjero que cotizó al IMSS y que en la actualidad resida en el extranjero, es posible recuperar los saldos, aunque no se tenga derecho a obtener una pensión puede recurarse los saldos que administra el INFONAVIT y la AFORE, siempre y cuando se demande tal situación.


¿Demanda de devolución? Sí, para poder recuperar los saldos de su AFORE e INFONAVIT es necesario interponer una demanda, y para ello se requiere una NEGATIVA DE PENSIÓN, y ¿qué es una negativa de pensión? Es un documento expedido únicamente por el IMSS, trámite mediante el cual el trabajador solicita la entrega de los recursos de la Cuenta Individual que correspondan, sin haber cumplido con los requisitos mínimos que establece la ley del seguro social, ya sea por ley 73 o 97.

Requisitos:

  • INE, pasaporte, documento migratorio correspondiente (FM1, FM2, FM3), Matrícula consular, Cédula profesional (expedida por la SEP) o Cartilla del Servicio Militar Nacional.

  • Documento que contenga Número de Seguridad Social (NSS)

  • CURP

  • Comprobante de domicilio (con antigüedad menor a tres meses) (recibo de Luz, Telefonía, Gas. Predio, estado de cuenta bancario o de tiendas departamentales)

  • Constancia del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave

  • Acta de nacimiento original actualizada (presentar traducción si está en idioma diferente al español)

  • Contar con un Expediente de Identificación del Trabajador actualizado que será generado por la AFORE

Hasta aquí, parece sencillo, ningún documento fuera de lo común y que cualquiera puede tener a la mano para realizar el trámite. El siguiente paso es acudir a la unidad médica más cercana a su domicilio, presentar la documentación, esperar 1 o 2 semanas para la resolución y ¡listo!

Esto es en la teoría, claro.


Dar clic aquí para comenzar con tu trámite de Retiro total por Pensión y Negativa IMSS



Algo que no te explican las personas que llevan a cabo este trámite, de la misma institución o incluso en la página del IMSS, es que existe una gran resistencia al otorgamiento de la negativa de pensión por parte del departamento de pensiones, incluso aunque entregues todos los documentos que te solicitan, el tiempo de espera es mayor al que te indican, te hacen esperar para atenderte si vas al seguimiento y te dicen que si hay alguna duda lo resuelvas en otro departamento de la subdelegación que le corresponde a la clínica, y cuando acudes a la misma, te regresan a la unidad familiar argumentando que ahí es donde debes resolver cualquier trámite o duda con respecto al proceso. Además de pasado el tiempo, te solicitan nuevamente el acta traducida, pero con “apostillamiento”, el cual tampoco te mencionan cómo hacerlo, ni dónde.


Sin mencionar que esto es un trámite personal, a lo que la persona extranjera debe realizarlo, pero supongamos que esta persona no conoce bien el sistema, incluso el idioma, por supuesto que suma el grado de dificultad para efectuarlo. Por lo que hay un periodo largo de espera y de procesos a realizar antes de darte la resolución. Esto se menciona de un caso en particular al cual atendimos. Al final, la negativa, en la mayoría de los casos es rechazada porque la supuesta validación del acta no procede, por tanto el AFORE no le puede liberar el dinero acumulado.


A todo esto, también se sabe que el otorgar pensiones a trabajadores nacionales es de igual manera un trámite engorroso y tardado, considero que para una persona perteneciente a otro país le otorgan más prejuicios, por ende sin prioridad.


¿Consideras que es justo el proceso para personas extranjeras? ¿Crees que existe algún conflicto de las instituciones para la entrega de dinero? ¿El regresarles el dinero que generaron debilitaría la estructura del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR)?


Déjanos tu opinión sobre el tema en los comentarios

 

Elaboró: ACCEPTI CONSTADORES SC.


DE LA ASOTA ABOGADOS. (19/07/2022). Resido en el extranjero y coticé a una AFORE y Fondo de Vivienda. ¿Puedo recuperar mis saldos?. 18/07/2022, de DE LA ASOTA ABOGADOS Sitio web: https://delasotaabogados.com.mx/recuperar-extranjero-afore-infonavit.php


Factor Capital Humano. (19/07/2022). Trabajadores extranjeros podrán retirar los recursos de su Afore al volver a su país. 18/07/2022, de Factor Capital Humano Sitio web: https://factorcapitalhumano.com/leyes-y-gobierno/trabajadores-extranjeros-podran-retirar-los-recursos-de-su-afore-al-volver-a-su-pais/2020/11/


CONSAR. (19/07/2022). Trámite: Retiro total por Pensión y Negativa IMSS. 19/07/2022, de CONSAR GOB Sitio web: https://www.consar.gob.mx/gobmx/aplicativo/catsar/Principal/TramiteExt.aspx?idTramite=20&PAG_ACTUAL=/gobmx/aplicativo/catsar/Principal/InicioExt.aspx


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