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ACCEPTI CONTADORES SC.

"El SAT resolvió varias fallas en la declaración anual de personas morales"

El SAT ha informado sobre las soluciones a problemas relacionados con la presentación de declaraciones anuales y pagos provisionales.

Por su parte, el IMCP solicitó una prórroga debido a fallas en la plataforma del SAT, la cual fue negada a través del oficio 400 01 00 00 00 2023-0397. En consecuencia, la fecha límite para la presentación de la declaración anual de personas morales es hoy 3 de abril de 2023.


Según una nota publicada por Fiscalía, el SAT detalló en el mencionado oficio la solución de varias situaciones problemáticas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Fiscalía indica que parte de lo que expuso la autoridad fiscal en su comunicado fue lo siguiente:

  1. El SAT ha solucionado la falla en la actualización de información pre-cargada en la declaración anual de personas morales del régimen general y RESICO personas morales. Anteriormente, el aplicativo no reconocía las últimas declaraciones presentadas, lo que ocasionaba que no se precargaran los ingresos acumulables y los pagos efectuados, tanto normales como complementarios. Sin embargo, el SAT informa que esta problemática fue solucionada a partir del 24 de marzo. En caso de que sigan presentándose problemas, se solicita que se proporcionen capturas de pantalla secuenciales y legibles desde que se ingresa al portal del SAT hasta el momento en que se presente la inconsistencia. Las capturas deben mostrar el RFC, la liga o URL, fecha, hora de ingreso y navegador utilizado. Además, no deben tener una antigüedad mayor a 10 días de la fecha del envío.

  2. El SAT informa sobre una problemática relacionada con las pérdidas fiscales pendientes de amortizar para personas morales que en 2021 tributaron con la opción de acumulación de ingresos, Capítulo VIII del Título VII de la Ley del ISR hasta 2021 (Flujo de Efectivo) y que a partir de 2022 tributan como Régimen Simplificado de Confianza para personas morales. El aplicativo no reconocía el remanente de estas pérdidas fiscales de 2021 y ejercicios anteriores, incluso si se presentó una declaración complementaria de la anual 2021. El SAT ha identificado esta situación y al 30 de marzo ya ha solucionado el problema en el aplicativo de la declaración anual, que ahora precarga la información de estas pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de amortizar.

  3. El aplicativo de declaraciones y pagos del mes de febrero 2023 para el ISR de PERSONAS MORALES presentó una falla en la acumulación de ingresos y pagos de periodos anteriores, pero fue solucionada el 24 de marzo según el SAT. En caso de seguir presentando problemas, se solicita que se proporcionen capturas de pantalla secuenciales y legibles.

  4. El aplicativo de declaración anual obliga a señalar 'Participación controladora o participación no controladora' en el apartado'Resultado integral atribuible a:' aunque no se tenga tal característica, lo que impide avanzar. El SAT recomienda capturar el monto correspondiente en este campo y aclarar en el ícono de 'Notas' si no se tiene la característica.

  5. El aplicativo de la Declaración Anual PM no muestra una vista previa de los Estados Financieros básicos ni la conciliación contable y fiscal. Según el SAT, se considerará esta observación para mejorar el aplicativo en 2023.

  6. El formato de la cuenta maestra en el aplicativo de la Declaración Anual PM presentaba opciones incorrectas para elaborar el estado de flujo de efectivo por el método indirecto y faltaba una opción para "otras partidas de operación". El SAT informó que ya se solucionó el problema y que a partir del 30 de marzo estará reflejado en el aplicativo.

  7. El rubro de capital contable en el Estado de Situación Financiera y Estado de Variaciones en el Capital Contable en la Declaración Anual 2022 no presenta selecciones separadas para los rubros de capital contable y se consideran como selección del capital social. El SAT indicó que esta observación se considerará para las mejoras en el aplicativo de 2023.

 

Elaboró: ACCEPTI CONTADORES S.C.

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